LEY DE BIENESTAR ANIMAL
La grave sanción que conllevará dejar a tu perro o tu gato en el balcón
Con la entrada en vigor de la nueva ley de Bienestar Animal, estará prohibido dejar sola a tu mascota en el balcón de tu casa. Además de no cumplirlo supondrá una multa bastante elevada.
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Con el objetivo de proteger a los animales de algunas horribles prácticas que se hacen en nuestro país con respecto del cuidado de animales se puso en marcha la Ley de Bienestar Animal que entrará en vigor a partir del próximo 29 de septiembre.
En esta nueva ley entran algunas prohibiciones específicas que hasta ahora no se contemplaban como por ejemplo el sacrificio de un animal sin una causa justificada (es decir por cuestiones económicas, aforo de en protectoras, vejez, abandono...), Llevarlos atados a vehículos a motor en marcha, dejar sin supervisión durante más de tres días a las mascotas (o 24 horas en el caso de los perros) y entre otras, queda prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
En este caso, el no cumplimiento de esta prohibición se considera una infracción grave.
Las infracciones en esta nueva ley pueden considerarse leves, graves y muy graves. Una infracción leve es aquella en la que por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal lleva al incumplimiento de cuidados y obligaciones de los responsables del animal.
Por otro lado, una infracción grave será aquella conducta que serán las acciones u omisiones que incumplan las obligaciones o realicen conductas prohibidas que puedan dañar o hacer sufrir al animal, siempre que no causen la muerte y o secuelas graves.
Finalmente, una infracción muy grave, cuando deliberadamente no se cumpla ley ni las prohibiciones exigidas por esta y que por tanto se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito.
En el caso de dejar a nuestro perro o gato en el balcón, como hemos dicho sería considerado una falta grave y esto nos acarrearía una sanción que podría rondar entre los diez mil a los cincuenta mil euros.
No obstante, dependiendo del caso además del apercibimiento económico, también podría conllevar algunas medidas accesorias que detalla el artículo 77 de la nueva ley.
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