LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Si estás pensando en adoptar un perro, estos cambios en el proceso de adopción te interesan

Estos son los pasos que tendrás que hacer a partir del 29 de septiembre para poder adoptar una mascota.

Perros esperando a ser adoptados

Perros esperando a ser adoptadosiStock

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El 29 de septiembre entra en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal, una nueva ley pensada para proteger a los animales y cambiar algunas prácticas que se estaban haciendo en la actualidad y que podían atentar contra la integridad de los animales.

Actualmente no existe ningún tipo de control si decides quedarte un perro que has encontrado por la calle o si alguien decide regalarte el cachorro de una camada. Sin embargo, con la nueva ley esto cambiará. Según el artículo 58, del Capítulo 1, del título 3, señala que desde la entrada en vigor de la ley quedará prohibida la cesión y adopción de cualquier animal de compañía que no esté correctamente identificado en los términos que establece la ley.

Tampoco se podrá regalar o ceder gratuitamente una mascota sin que está vaya acompañada de un contrato de cesión que declare esta condición.

En el caso de los gatos, perros y hurones no se podrán adoptar antes de que estos hayan cumplido las 8 semanas de edad.

Adopción a través de tiendas de animales o protectoras

La adopción de los animales solo podrá hacerse en centros públicos de protección de animales o entidades de protección registradas. Todas deberán llevar un contrato de adopción con unas cláusulas reglamentarias. En el caso de que las tiendas de animales hagan de intermediarias para una adopción, el animal no podrá pernoctar en las instalaciones de la tienda.

Si las protectoras de animales tienen algún tipo de acuerdo colaboración con una tienda de animales, los animales podrán ser expuestos y alojados en las instalaciones si cumplen estos requisitos:

  • Que las instalaciones donde se alojen deben ser exclusivas para animales de adopción, separada de la zona de venta de productos y que cumplan unas condiciones mínimas que determinará la normativa de núcleos zoológicos.
  • Que la adopción se llevará a cabo por la protectora animal y bajo su responsabilidad, sin perjuicio para la tienda.
  • Las tiendas de animales no podrán recibir pagos ni por la estancia ni por la adopción de los animales.

Por otro lado, los animales que vayan a ser adoptados deberán haber recibido los tratamientos preventivos o curativos correspondientes, serán identificados y esterilizados.

Por último, la adopción no será en ningún caso objeto de una transacción comercial (aunque se podrán solicitar los gastos de veterinario básicos)

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