VIVIENDA
Vender la nuda propiedad: Una alternativa para aumentar los ingresos en la jubilación
Esta estrategia permite a los propietarios seguir viviendo en su vivienda mientras obtienen liquidez, aunque puede afectar la herencia para sus descendientes
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Con el incremento de las necesidades económicas en la vejez, muchos jubilados se plantean cómo sacar provecho financiero de su vivienda sin perder el derecho a vivir a ella. Vender lanuda propiedad se presenta como una solución viable, permitiendo a los propietarios obtener ingresos manteniendo el usufructo vitalicio, según la Organización de Consumidores y Usuarios.
Esta estrategia implica vender solo la nuda propiedad del inmueble a un comprador o empresa, mientras el vendedor retiene el derecho de uso y disfrute de la vivienda hasta su fallecimiento.
¿En qué consiste la venta de la nuda propiedad?
- Usufructo Vitalicio: El vendedor conserva el derecho a vivir en la casa o alquilarla durante el resto de su vida.
- Venta de la Nuda Propiedad: El comprador adquiere la titularidad de la vivienda, pero no puede disponer de ella hasta el fallecimiento del usufructuario.
- Beneficios Económicos: El vendedor obtiene una suma de dinero, que puede usar para mejorar su calidad de vida o cubrir necesidades adicionales.
El precio de venta de la nuda propiedad generalmente es inferior al valor de la plena propiedad. Este precio depende de varios factores, incluyendo la edad del usufructuario y su esperanza de vida. Cuanto mayor sea el propietario, más alto puede ser el precio de la nuda propiedad debido a la menor duración esperada del usufructo.
Fórmulas para calcular el valor:
- Usufructuario mayor de 79 años: El usufructo representa el 10% del valor total del bien, y la nuda propiedad el 90%.
- Usufructuario entre 20 y 79 años: Se aplica la fórmula (89-edad del usufructuario) / 100 para determinar el valor del usufructo.
- Usufructuario menos de 20 años: El usufructo es el 70% y la nuda propiedad el 30%.
Por ejemplo, para un propietario de 75 años con una casa valorada en 100.000 euros, el usufructo se calcularía como el 14%, resultando en una nuda propiedad valorada en aproximadamente 86.000 euros.
La venta de la nuda propiedad está sujeta al pago de impuestos sobre las ganancias obtenidas. Sin embargo, los propietarios mayores de 65 años o con dependencia severa pueden estar exentos de tributar en el IRPF por esta venta si es su vivienda habitual.
Exenciones y Consideraciones:
- Exención del IRPF: Disponible para mayores de 65 años o dependientes en la venta de su vivienda habitual.
- Plusvalía Municipal: No exenta, aunque la venta de la nuda propiedad generará una plusvalía que debe declararse.
Otras formas de rentabilizar la vivienda incluyen:
- Venta Total: Vender la plena propiedad y mudarse a una residencia más económica o a una segunda vivienda.
- Alquiler: Alquilar la vivienda y utilizar las rentas para otros gastos. Sin embargo, esto puede presentar riesgos si el inquilino deja de pagar.
- Hipoteca Inversa: Obtener un préstamo con la vivienda como garantía, que se devuelve tras el fallecimiento del propietario.
- Alquiler Parcial: Arrendar habitaciones o espacios no utilizados para generar ingresos adicionales.
La venta de la nuda propiedad ofrecer a los jubilados una vía para obtener ingresos adicionales mientras mantienen el derecho a vivir en su hogar. Esta opción debe evaluarse cuidadosamente en función de las necesidades y circunstancias personales, considerando sus implicaciones fiscales y el impacto en la herencia. Para explorar esta y otras alternativas, es recomendable consultar a un asesor financiero especializado.
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