SI RESIDEN EN EL EXTRANJERO
El trámite imprescindible que deben hacer algunos jubilados para cobrar la pensión
Se trata de un documento dirigido a los pensionistas españoles que residen en el extranjero. En el caso de no presentarlos antes de finales de marzo, podrían perder la prestación.
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Desde este mismo mes de enero, la Seguridad Social ha lanzado una campaña informativa para aquellas personas residentes en el extranjeroy que cobran la pensión contributiva en 2024. En él, hace alusión a un documento imprescindible que debe presentarse antes de este 31 de marzo para que no se pierda el derecho a seguir cobrando la pensión.
Se refiere a la acreditación de la vivencia, mejor conocida como Documento de Fe de Vida. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, es un “documento expedido por el Registro Civil que acredita que, en la fecha de su expedición, la persona a la que se refiere se encuentra viva, así como su estado civil”.De esta forma, los pensionistas y jubilados que residen en el extranjero deben autentificar que siguen vivos y, por consiguiente, que tienen el mismo derecho a cobrar su subsidio por jubilación.
Se trata de un trámite que debe presentarse durante el primer trimestre de cada año y que supone una “prueba de vida” emitida por la Autoridad Competente del país de residencia en el año en el que se acredite la vivencia y así continuar recibiendo la pensión que tiene reconocida por derecho el usuario.
Dónde y cómo acreditarlo
Los españoles que residan fuera del país disponen de diversos canales donde presentar este documento. Entre ellos, a los encargados del Registro Civil Consular , así como por comparecencia de forma presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Del mismo modo, la Seguridad Social han lanzado una nueva aplicación gratuita donde presentar el Documento de Fe de Vida a través de su teléfono móvil sin la necesidad de realizar ningún desplazamiento.Se llama VIVESSy,tal y como indica el Sistema, ayudará a “acreditar tu vivencia de manera sencilla, cómoda y sin más trámites”.
Por lo tanto, de acuerdo con la normativa del sistema de pensiones español, en el caso de no acreditar dicha vivencia dentro del plazo indicado, la pensión que le corresponde quedará suspendidahasta que finalmente acredite dicho trámite.
Cabe destacar de nuevo que se trata de un documento dirigido a los residentes en el extranjero. Por lo que, en el caso contrario y residir en España, los pensionistas y jubilados no estarán obligados a presentar esta prueba de vida.
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