ERRORES CON EL CHEQUE DE 200 EUROS

¿Tengo que devolver el cheque de 200 euros?

Tener una renta superior a la establecida en los requisitos podrá suponer la devolución de esta ayuda proporcionada por el Gobierno. A continuación, te explicamos cuándo debes devolverla.

200 euros

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El Gobierno aprobó el pasado 27 de diciembre una ayuda de 200 euros para que los más vulnerables puedan combatir la inflación económica, por lo que más de 4,2 millones de familiares y hogares se han beneficiado de este cheque. Se trata de una de las medidas adoptadas y propuestas por el Gobierno para poder hacer frente a esa crisis e inflación que está teniendo lugar actualmente. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha aclarado quiénes deben devolver esta ayuda recibida por error.

Los beneficiarios que recibieron el cheque de 200 euros para alimentos sin cumplir los requisitos establecidos deberán devolver la ayuda si tienen que presentar la declaración de la Renta y estarán eximidos si no llegan al mínimo de ingresos anuales. Consiste en una modificación que introdujo el PSOE en el Senado en el proyecto de Ley de transposición de la Directiva europea 2021/514 relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

Así serán los nuevos billetes 200 euros
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¿Cuáles eran los requisitos para poder recibirla?

La Agencia Tributaria ha aclarado que para tener derecho a la ayuda era necesario cumplir una serie de requisitos, como no superar los 27.000 euros anuales de rentas y sin descontar los gastos ni las retenciones.

1. Si tus ingresos familiares no superan los 27.000 euros no tendrás que devolverla. Los ingresos familiares incluyen al solicitante, al cónyuge o pareja de hecho. En caso de que convivan también los padres y abuelos del solicitante, entonces también se tendrá en cuenta sus ingresos.

2. No se pueden superar los 75.000 euros de patrimonio, eso sí, sin contar la vivienda habitual.

3. Si obtienes una cantidad mensual por desempleo no tendrás que devolverla.

Sin embargo, existen excepciones, por lo que si alguien recibió la ayuda y supera los 27.000 euros anuales no tendrá que devolverla a la Administración si no hace la declaración de la Renta.

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