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Renta 2022-2023: ¿Se debe declarar una herencia recibida?
Si has sido beneficiario de una herencia en 2022 deberás pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Además, si obtienes un beneficio de estos bienes también deberás declararlo. Te explicamos en qué supuestos se debe hacer.
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A partir del próximo 11 de abril comienza la campaña de la Renta para todos los trabajadores y jubilados a través de Internet hasta el 30 de junio para resolver sus cuentas con Hacienda. Además, desde el 5 de mayo también se podrá realizar de forma telefónica la presentación de la documentación y desde el 1 de junio con cita previa podrán ir presencialmente a las oficinas más cercanas de la Agencia Tributaria.
Realizar la declaración de la Renta puede generar dudas para aquellas personas que han recibido una herencia por el fallecimiento de un familiar o un ser querido, pero ¿se debe incluir o no en este trámite?
Como norma general, las herencias no deben tributarse en la Renta, ya que cuando se recibe una, se abona el Impuesto de Sucesiones y Donacionesjunto con el Impuesto de la Plusvalía Municipal. Sin embargo, el contribuyente debe saber que tiene la obligación de pagar en los próximos 6 meses, desde que recibe su parte de la herencia, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Cuándo hay que declarar
1. Heredar una vivienda. Es obligatorio declarar porque cuenta como una nueva propiedad, sin embargo, si se trata de la vivienda habitual no es necesario porque no tributa en el impuesto del IRPF.
2. Aunque normalmente la herencia no hay que declararla, sí que deben declarar aquellos bienes inmuebles recibidos a partir de la herencia, ya que obtiene un rendimiento económico. Además, si el contribuyente decide vender los bienes heredados y obtiene un beneficio económico, en todo momento, tendrá que tributar dichos bienes.
3. Planes de pensiones. Habitualmente estos no tributan en el Impuesto de Sucesiones, por lo que deberán tributar en la declaración de la Renta y se deberá abonar el impuesto del IRPF.
4. Acciones bancarias. Aunque el dinero en efectivo se incluye en el Impuesto de Sucesiones, pero no en el IRPF, los beneficios generados por estas acciones se deben incluir dentro de la declaración de la Renta en todo momento.
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