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La nueva ayuda con la que puedes ingresar más de 120 euros extra en la pensión
Se trata de una ayuda que se cobra junto a la pensión mensual siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos propuestos por la Seguridad Social. A continuación, te contamos de qué se trata.
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No todas las personas jubiladas de la Seguridad Social cobran la misma cantidad de dinero y a veces hay una gran diferencia abismal por los años de cotización. Sin embargo, ahora es posible cobrar una ayuda de hasta 121 euros mensuales. Se trata de una prestación, que entró en vigor en febrero de 2021, dirigida tanto para hombres como para mujeres, y que beneficia a las pensiones aprobadas desde esta fecha.
Tal y como explica la Seguridad Social, podrán acceder a ella aquellos pensionistas que hayan estado sin cotizar durante años para quedarse en casa cuidando a sus hijos. Se trata de una ayuda para reducir la brecha de género.
Además, la Seguridad Social explica que es "un perjuicio sufrido de forma abrumadora por las mujeres, de acuerdos con los datos de las carreras laborales analizados por la Seguridad Social, siendo una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la pensión".
¿Quiénes pueden acceder a esta ayuda extra?
Solamente pueden beneficiarse uno de los dos progenitores. Según detalla la Seguridad Social en principio está dirigido a las mujeres, pero en caso de que ninguno de los dos progenitores se haya visto perjudicado en la cotización, será la mujer quien se beneficie de esta ayuda.
¿Qué tipo de pensiones pueden beneficiarse?
Podrán acceder a esta prestación aquellos pensionistas que cobre una pensión contributiva de jubilación o que cobren una pensión de incapacidad permanente o de viudedad, siempre y cuando este último haya sido reconocida desde el 4 de febrero de 2021.
¿Qué cantidad de dinero se puede recibir?
El importante mínimo es de 425,6 euros al año, es decir, 30,4 euros al mes por cada hijo. Por ello, el máximo que se puede recibir es de 121,6 euros mensuales por cuatro hijos o más.
¿Qué requisitos se deben cumplir para recibirla?
1. El beneficiario tendrá que estar inscrito a cualquier régimen de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad.
2. Los hijos o adoptados tendrán que estar inscritos en el Registro Civil.
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