PENSIONES

La media jornada ahora computará como jornada completa y así afectará a las pensiones

Desde el 1 de octubre ha entrado en vigor un nuevo parámetro en el cómputo de los períodos cotizados de la Seguridad Social que puede afectar directamente a la pensión.

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Desde ahora, la media jornada se valorará como una jornada completa a la hora de recabar los años cotizados para la pensión de jubilación. Es una modificación que podemos encontrar dentro del artículo 247 de la Ley de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015 del 30 de octubre) y que beneficiará a muchos trabajadores sobre todo cuando tengan que calcular el cómputo para acceder a su pensión de jubilación.

Esta medida está dentro de la plan de reforma de las pensiones que llevó a cabo el ministro Escrivá y que se aprobó en el Congreso de los diputados el pasado mes de marzo y es una de las medidas para reducir la brecha de género, ya que presumiblemente, las grandes beneficiadas en este cambio de cotización serán las mujeres.

No obstante, no afecta solo a las pensiones de jubilación, ya que según el BOE también se verán afectadas otro tipo de prestaciones: "Con la modificación del artículo 247 se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, ya que se tienen en cuenta los períodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos."

¿Cómo afectará a la pensión?

Gracias a este cambio aquellas personas que por circunstancias solo hayan podido o tenido que trabajar a tiempo parcial, se valorarán como si hubieran trabajado a jornada completa, por lo que a la hora calcular su pensión estos tardarán menos en llegar a los años necesarios que con el antiguo sistema establecido, que para que contar 1 día de jornada completa se necesitaban dos a tiempo parcial. De este modo podrán llegar al tiempo de cotización mínimo exigido antes que con el antiguo sistema y obtener así su pensión.

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