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¿El Impuesto de Sucesiones y Donaciones tiene fecha de caducidad?

Se trata de un impuesto que los herederos de los bienes recibidos tras el fallecimiento de un ser querido deben pagar ante la Agencia Tributaria. Sin embargo, en ocasiones, esta institución no notifica a los beneficiarios y este impuesto caduca.

Persona mayor papeles

Persona mayor papelesPexels

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Una de las obligaciones financieras que debe abonar cualquier persona heredera cuando un pariente fallece es el pago de un conjunto de impuestos y entre ellos el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Se trata del importe que debe pagar el beneficiario por el valor total de la herencia recibida, incluya o no los bienes inmuebles.

Cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones

Como norma general no existe un precio fijo, sino que se trata de un impuesto progresivo. Esto quiere decir que cuanto más dinero o bienes herede una persona, más tendrá que pagar y declarar ante la Agencia Tributaria en la Comunidad Autónoma dónde se encuentren los bienes heredados.

Según la Ley 29/1987 de 18 de diciembre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones establece un porcentaje que va desde el 8,65% al 34% al que posteriormente se tendrá que aplicar las bonificaciones establecidas por cada una de las comunidades autónomas españolas. Si el testador ha vivido en varias Comunidades Autónomas durante los últimos años se tendrá en cuenta la última residencia habitual en la que ha habitado durante los últimos 5 años.

Persona mayor en el banco
Persona mayor en el banco | iStock

Cuándo se debe pagar el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones debe ser pagado por los herederos en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento del testador. Sin embargo, en algunos lugares, este periodo puede prorrogar otros seis meses siempre y cuando se justifique el motivo ante la Agencia Tributaria.

Cuándo caduca el Impuesto de Sucesiones

Según establece la Ley General Tributaria en el artículo 27, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones caduca a los 4 años de fallecer el testador, por lo que si durante estos años no se ha presentado la cantidad a pagar ante la Agencia Tributaria o Hacienda no ha presentado una notificación a los beneficiarios, el impuesto caduca y los herederos no tendrán que pagarlo.

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