DECLARACIÓN DE LA RENTA

Esta es la deducción de Hacienda disponible para los cuidadores de personas mayores

El plazo para presentar la declaración de la Renta termina el 1 de julio. Si aún no has realizado este trámite, es importante que conozcas las deducciones disponibles para cuidadores de personas mayores

Esta es la deducción de Hacienda disponible para los cuidadores de personas mayores

Esta es la deducción de Hacienda disponible para los cuidadores de personas mayoresPexels

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El periodo para presentar la declaración de la Renta comenzó el pasado 3 de abril y finalizará el próximo 1 de julio. Desde el 29 de abril se puede pedir cita telefónica, y desde el 7 de mayo, realizar el trámite por teléfono. Es por ello que se abre el plazo para solicitar sita previa presencial, que se podrá realizar a partir del 3 de junio.

Uno de los beneficios fiscales más importantes que ofrece Hacienda es la deducción por el cuidado de familiares mayores, conocida como el mínimo por ascendientes. Esta deducción se aplica a la parte de la renta no sometida a gravamen, destinada a cubrir necesidades básicas. Según la guía de rentas de 2023, el mínimo de contribuyente para mayores de 65 años es de 5.500 euros al año. Este mínimo puede incrementarse a 1.150 euros adicionales para mayores de 56 años y 1.400 euros adicionales para mayores de 75 años.

Para acogerse al mínimo por ascendientes, se deben cumplir los siguientes requisitos: el ascendente debe ser mayor de 65 años o menor con una discapacidad del 33%. Debe convivir con el contribuyente al menos la mitad del periodo impositivo. No debe haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros, incluidas las exentas del impuesto. No debe presentar declaración con rentas superiores a 1.800 euros. Y, por último, en caso de fallecimiento, el ascendiente debía haber cumplido 65 años y haber convivido con el contribuyente la mitad del tiempo entre el 1 de enero y su muerte.

Las deducciones pueden variar según la Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, las deducciones son: 1.234,26 euros anuales por cada ascendiente mayor de 65 años. 1.502,58 euros anuales por cada ascendiente mayor de 75 años. 3.219,81 euros por discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%. 3.219,81 euros por discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65% con necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida. Y 9.659,44 euros por discapacidad igual o superior al 65%.

En Andalucía, las deducciones son: 1.200 euros anuales por cada ascendiente mayor de 65 años. 1.460 euros anuales por cada ascendiente mayor de 75 años. 3.130 por discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%. 3.130 euros por discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65% con necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida. Por último, 9.390 euros por discapacidad igual o superior al 65%.

A medida que se acerca la fecha límite para la declaración de la Renta, es crucial que los contribuyentes se informen sobre todas las deducciones disponibles. Aprovechar estas oportunidades puede representar un ahorro significativo, especialmente para aquellos que cuidan de familiares mayores. No dejes pasar la oportunidad de beneficiarte de estas reducciones y asegúrate de cumplir con todos los requisitos antes del 1 de julio.

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