ECONOMIA
Esta es la ayuda de 500€ que ofrece el Imserso para algunos pensionistas
Este complemento que pasa muy desapercibido para todo el mundo puede hacer más fácil llegar a final de mes, ayudando a pagar el alquiler.
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Muchas personas mayores, con el tiempo, han conseguido terminar con sus hipotecas y conseguir tener su casa en propiedad. Con esto se consigue evitar pagar al banco mensualmente, puesto que la casa ya es totalmente suya.
Sin embargo, muchos jubilados siguen viviendo alquilados, y como las pensiones pueden no ser suficiente en algunas ocasiones para pagar el alquiler y el resto de básicos de la vida, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) ha puesto a disposición de ciertas personas una ayuda para poder pagar los alquileres.
Esta poco conocida ayuda que es denominada “complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada”. Como su nombre bien indica, está diseñada para personas mayores de 65 años que cuenten con una pensión no contributiva, es decir, que no hayan cotizado los años suficientes para recibir una pensión contributiva y que tengan un contrato de alquiler para su residencia habitual.
Para poder pedirla, además de los requisitos ya mencionados, el solicitante no puede tener ninguna vivienda en propiedad y no puede tener ninguna relación conyugal con la persona que alquila el domicilio. Además, si dos personas comparten la vivienda, la ayuda solo podrá otorgarse a la que figure como titular en el contrato.
La ayuda será de 525€ al año y se abona de una vez en la cuenta bancaria. Se reserva esta ayuda únicamente a las personas que tienen una pensión no contributiva ya que estas no llegan al 50% del SMI, que son 500€. Este tipo de pensiones llegan de media a los 414,90€ mensuales, por lo que estas personas necesitan un empujón.
Para solicitar este complemento, se deberá acudir a los órganos organizadores que cuenten con las competencias de las pensiones no contributivas en cada comunidad autónoma. Una vez identificado quién lo gestiona, el trámite se puede realizar de manera presencial o telemática desde su sede electrónica. En muchas ocasiones, se exige identificarse con el DNI electrónico o con el certificado digital para poder comenzar a tramitar la gestión.
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