TRÁMITES
Cuánto se tarda en cobrar o recibir una herencia
Existe un tiempo mínimo de espera a la hora de solicitarla, sin embargo, el proceso final puede alargarse más dependiendo de algunos factores. Te damos más detalles.
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La pérdida de un familiar es un momento duro emocionalmente, sin embargo, a la par de sobrellevar el luto hay que realizar algunos trámites más burocráticos sobre todo debido a las posesiones que deja atrás. Recibir una herencia no es un proceso automático y hay que realizar determinadas gestiones para poder reclamar si te corresponden las pertenencias de tu ser querido ya fallecido. Además, la duración del proceso puede ser indeterminada, aunque hay algunas pautas a seguir para empezar a solicitar una herencia.
En primer lugar, hay que esperar al menos 15 días para solicitar el Certificado de Defunción de la persona en el Registro Civil, y a continuación solicitar también en el Ministerio de Justicia el Certificado de últimas voluntades. Este último documento es importante ya que señalará si el fallecido dejó escrito algún testamento sobre sus posesiones o indicaciones a sus herederos. Si este tiene testamento habrá que acudir a un notario para poder abrir el testamento.
Este proceso de apertura de testamento no está definido, es decir una vez se obtiene el certificado de últimas voluntades y se solicita la cita con el notario se podrá abrir, sin embargo, hay testamentos como los cerrados o los ológrafos que deben ser abierto en los cinco años siguientes tras la muerte del testador.
Otro trámite que no debemos olvidar tras abrir el testamento es que nos tendremos que hacer cargo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que este dependerá de las posesiones del fallecido e incluso de la comunidad autónoma donde residiera el difunto. Eso sí, este impuesto debe pagarse en un plazo de seis meses. No obstante, si se tuviera alguna dificultad para afrontarlo se podría solicitar una prórroga de seis meses más para liquidarlo. No cumplir esta parte puede acarrear sanciones por parte de la administración.
Una vez realizado estos trámites la aceptación de la herencia puede ser tácita o expresa.
La aceptación expresa, es cuando el heredero la acepta tal y como viene e incluso acude al notario para solicitarla. En cambio, la aceptación tácita es cuando los herederos no se han pronunciado, pero se realizan actos o hechos que solo podrían ejecutar como calidad de herederos.
Por lo tanto, el tiempo mínimo para poder cobrar o recibir una herencia oscilará entre los 20 o 30 días desde que fallece la persona de la que se hereda. No obstante, el proceso puede alargarse dependiendo de las posesiones que tenga el fallecido o el número de herederos y que estos no se pongan de acuerdo si por ejemplo no hay un testamento redactado.
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