PENSIONES

Qué otras pensiones son compatibles con la pensión de jubilación de la Seguridad Social

Desde la Seguridad Social, señalan que existen ciertas pensiones contributivas de distintos regímenes que se pueden compatibilizar con la pensión de jubilación.

Pensión de jubilación

Pensión de jubilacióniStock

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El objetivo de todo ciudadano es poder llegar a la jubilación dignamente. La recompensa de toda una vida de trabajo que, por motivos de edad, se ha visto obligado a cesar ya sea por cuenta o propia. Si se ha cumplido una serie de requisitos, se podrá gozar de esa pensión contributiva de jubilación. No obstante, existen ciertos casos en los que, además, se podrá disfrutar de otro tipo de prestaciones compatibles con la misma.

En relación con esos requisitos, la Seguridad Social exige un mínimo de 15 años cotizados para poseer el derecho a disponer de una pensión contributiva de jubilación. Asimismo, dos de esos años de cotización, deben estar comprendidos entre los 15 años anteriores al deseo de jubilarse, así como encontrarse en la edad de jubilación ordinaria contemplada por la legislación española, correspondiendo con los 66 años y 6 meses. Aun así, existen otras modalidades de jubilación como la jubilación anticipada, demorada, flexible o parcial. Cada una con sus requisitos específicos.

Sin embargo, junto a este tipo de pensiones, también se pueden contemplar otras alternativas que pueden ser cobradas al mismo tiempo. En ese sentido, cabe destacar que, desde la Seguridad Social, se establece como regla general que “no se pueden cobrar dos pensiones de un mismo régimen a la vez. Quien tuviera derecho a dos o más prestaciones optará por una de ellas. Se exceptúa de la incompatibilidad la pensión de viudedad”.

Pensión de viudedad
Pensión de viudedad | iStock

Por lo tanto, la pensión de jubilación podría compatibilizarse con otras pensiones contributivas si proceden de distintos regímenes ajenos a la Seguridad Social. Por ejemplo, la jubilación podría conciliarse con una pensión de incapacidad permanente si derivas de distintos regímenes como el Régimen de Trabajadores Autónomos.

Del mismo modo, desde la propia administración, señalan que “sí es compatible la pensión contributiva de jubilación con el trabajo de los facultativos de atención primaria, médicos de familia y pediatras, adscritos al Sistema Nacional de Salud con nombramiento funcionario, que podrán desempeñar sus funciones solicitando una prórroga en el servicio activo y percibiendo el 75% del importe de la pensión de jubilación, siempre y cuando cumplan determinados requisitos”.

Con todo esto, se lleva a cabo la medida, que ya fue aprobada por el Gobierno en la pasada legislatura. Todo ello, con el fin de que los ciudadanos gocen de una jubilación digna y que se adapte a sus necesidades individuales.

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