HERENCIAS
¿Cuál es la herencia que me corresponde por ley?
Para repartir correctamente una herencia habrá que saber si el fallecido o fallecida ha realizado testamento o no. Sin embargo, hay una herencia que se llama La legitima que es la que le corresponde por ley a los herederos forzosos.
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Siempre es interesante dejar un testamento hecho antes de fallecer ya que puede facilitar las cosas sobre todo a la hora de contabilizar las posesiones en caso de herencias grandes. Ya os explicamos cómo se reparte una herencia cuando el fallecido no ha dejado un testamento, sin embargo, esto cambia cuando si hay un testamento escrito.
Aunque puedas pensar que a la hora de fallecer y hacer un testamento podrás repartir a tus herederos como quieras, no siempre es así.
Según el Código Civil, la herencia debe ser repartida en tres partes iguales. Estas tres partes son conocidas como el tercio de La Legitima, el tercio de La Mejora y el tercio de Libre disposición.
Por lo tanto, si eres un heredero del fallecido y este ha dejado algún tipo de testamento, lo que seguro que te corresponderá será el famoso tercio de La Legítima. Es decir que esa parte de la herencia se repartirá a partes iguales entre los conocidos como herederos forzosos, son principalmente los descendientes y en ausencia de estos ascendientes, etcétera. Así lo recoge el propio Código Civil señala "es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos".
Por otro lado, el tercio de La Mejora es la porción que el testador puede disponer para mejorar la herencia de alguno o algunos de sus herederos y no está obligada a repartirlo a partes iguales.
Por último, el tercio de libre disposición es aquel que el testador puede usar para beneficiar a gente que no sean sus herederos directos o familia, como puede ser algún amigo, empleado, etcétera.
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