¡NO TE PREOCUPES!

Cómo afectaría una baja médica a la hora de cobrar la pensión de jubilación

Si has estado durante un tiempo de baja por enfermedad o por un accidente laboral seguro que te preguntas cómo afecta esa baja a la hora de cobrar la pensión. Te lo explicamos a continuación.

Incapacidad laboral temporal

Incapacidad laboral temporaliStock

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Tener dudas sobre el futuro de la pensión cuando uno se encuentra de baja, sea de forma temporal o permanente, suele ser algo muy común y que preocupa a la mayoría de las personas. Además, se teme que se produzcan cortes salariales y que estos afecten a la jubilación.

Sin embargo, no debes preocuparte porque la cotización a la Seguridad Social no se interrumpe si te encuentras de baja médica o incapacidad temporal, por lo que seguirás acercándote a la edad de jubilación. En caso de que el tratamiento prosiga el trabajador será declarado en situación de incapacidad permanente y cobrará una prestación del 75% de la base reguladora de la pensión de jubilación.

De esta forma, los trabajadores que se encuentren de baja médica por enfermedad común siguen cotizando a la Seguridad Social, por lo tanto, las empresas tendrán que seguir nutriendo la pensión de jubilación del empleado.

¿Qué bajas médicas permiten cotizar?

Todos los casos en los que se cotice se tendrán en cuenta para calcular la pensión de jubilación. Concretamente las situaciones para determinar la cuantía de cotización son las siguientes.

1. Situaciones de riesgo durante el embarazo.

2. Periodos de descanso por maternidad o paternidad.

3. Incapacidad temporal por una enfermedad común y laboral, accidente no laboral o profesional.

Persona mayor que ha sufrido una caída
Persona mayor que ha sufrido una caída | iStock

¿Qué pasa si no me recupero de mi baja laboral?

Si tras realizar un tratamiento médico, durante un año, el trabajador no consigue recuperarse durante la baja y no puede continuar con su ámbito laboral pasará a estar en situación de incapacidad permanente siempre y cuando cumpla una serie de requisitos.

1. El trabajador debe tener menos de 65 años.

2. La situación de incapacidad permanente puede ser revisada para conocer la situación médica del paciente.

3. Para acceder a la jubilación tendrá que acreditar al menos 35 años y medio para poder cobrar el 100% de la pensión.

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